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El reconocimiento de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+ se ha convertido en una lucha constante y duradera durante varias décadas.

La comunidad LGBTTTIQ+ en México

Los movimientos por los derechos para las personas LGBTTTIQ+ en México tienen su punto de partida a principios de 1970.

Esto con la creación del Frente de Liberación Homosexual (FLH), abanderado por Nancy Cárdenas y José Ramón Enríquez, directora teatral y dramaturgo, respectivamente.

Estos intelectuales, en el año de 1978, marcharon en conjunto con gais y lesbianas bajo el nombre del Frente Homosexual de Acción Revolucionaria (FHAR), marcando la historia del país.

De tal manera que existieron grupos de apoyo con los cuales marcharon posteriormente en el Distrito Federal, hoy Ciudad de México, a fin de erradicar la violencia y vivir en un ambiente de respeto y tolerancia.

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Las modificaciones a favor de los derechos de la comunidad LGBTTTIQ+

Es importante resaltar que el Estado mexicano ha logrado cambios significativos en materia constitucional con respecto al reconocimiento de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.

Muestra de ellos se encuentran contenidos en los siguientes artículos:

• Artículo 1o. Menciona que está prohibida la discriminación por género, condiciones de salud, preferencias sexuales, estado civil o cualquier actividad que atente contra la dignidad humana.

• Artículo 3o. Estipula que toda persona tiene derecho a recibir educación laica y ajena a la doctrina religiosa, toda vez que ésta sea brindada por el Estado, la cual debe estar basada en el conocimiento científico y la lucha contra la ignorancia con el objetivo de hacer mejor la convivencia humana.

• Artículo 4o. Establece que toda persona tiene derecho al acceso a la salud pública y protección sanitaria, sin que medien motivos de discriminación, imperando la igualdad jurídica entre hombres y mujeres.

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Ley contra la discriminación

Otro avance fue la creación de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, del año 2003, la cual fue reformada el año siguiente en su capítulo primero, donde se menciona lo siguiente:

“Se entenderá como discriminación, exclusión o restricción, aquello que tenga como resultado restringir el ejercicio de los derechos humanos, por preferencia sexual, estado civil o situación familiar. La discriminación también engloba a la homofobia, la misoginia, así como cualquier tipo de intolerancia”.

Matrimonios igualitarios

Otro alcance en materia de derechos humanos es el matrimonio igualitario entre personas del mismo sexo en diferentes estados de la República, como son:

1) Ciudad de México (2010);

2) Quintana Roo (2012);

3) Coahuila (2014);

4) Chihuahua y Nayarit (2015),

5) Campeche, Colima, Michoacán y Morelos (2016);

6) Chiapas (2018);

7) San Luis Potosí, Nuevo León, Hidalgo, Baja California Sur, Aguascalientes y Oaxaca (2019);

8) Puebla y Tlaxcala (2020);

9) Sinaloa, Baja California, Sonora, Querétaro, Guanajuato y Zacatecas (2021);

10) Yucatán, Jalisco y Veracruz (2022).

Estos Estados cumplen con las resoluciones por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Además, los demás estados de la República celebran sus matrimonios igualitarios con personas del mismo sexo por medio de amparos de carácter individual.

Derecho a la adopción homoparental

La SCJN ampara el derecho a la vida por medio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que considera que no puede negarse o limitarse el derecho a formar una familia entre personas del mismo sexo.

Las parejas homosexuales tienen derecho a la procreación, adopción y crianza de niñas o niños, si así lo desean.

En agosto de 2010, la Ciudad de México se convirtió en la primera entidad del país en permitir la adopción de menores por parte de parejas del mismo sexo, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación validará la reforma al artículo 146 del Código Civil del entonces Distrito Federal, en el que se reconocían los matrimonios igualitarios. 

Prohibición de las terapias de conversión o ECOSIG

Entre 2020 y 2022, algunos estados en México han comenzado a aprobar reformas para prohibir las terapias de conversión o ECOSIG (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género).

Este tipo de “tratamientos” pueden ser psiquiátricos, psicológicos y hasta espirituales.

Tienen la finalidad de cambiar la orientación sexual, la identidad, o la expresión de género de aquellas personas diferentes a una heterosexualidad binaria cisgénero.

Hasta el momento son nueve los estados en México en los que se prohibió este tipo de terapias:

Ciudad de México, Estado de México, Tlaxcala, Colima, Zacatecas, Yucatán, Baja California Sur, Hidalgo y Puebla.

Sin embargo, se espera que otros estados se sumen a la prohibición de este tipo de prácticas

Otros derechos

La comunidad LGBTTTIQ+ en la Ciudad de México tiene derecho a la salud y a recibir tratamientos antirretrovirales para efecto de combatir el VIH-sida.

En tanto, los intersexuales y transexuales tienen derecho a la atención y al abastecimiento de tratamientos que permitan que los cuerpos respondan a su identidad de género, a la par que impiden la propagación de infecciones de trasmisión sexual.

Lo ya antes mencionado es un logro materializado en la agenda mexicana para beneficio de este sector que también forma parte de la estructura social.

A nivel internacional, las parejas del mismo sexo tienen derecho a casarse en los diferentes consulados del mundo.

Finalmente, la lucha por el reconocimiento de los derechos humanos de las personas LGBTTTIQ+ tiene el mismo nivel de importancia que el de las demás personas, sin importar su condición social, económica, de identidad de género, orientación sexual o ideología política.

Las personas LGBTTTIQ+ tienen derechos políticos, económicos, sociales y culturales, al igual que el resto de la ciudadanía.

Para ello, se ha decretado constitucionalmente que las y los servidores públicos deben velar por la protección de los derechos humanos conforme a sus deberes específicos: prevenir, sancionar y reparar; y bajo sus obligaciones generales: respetar, proteger, garantizar y promocionar.

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