El subprocurador de Delitos de Género, Desaparición de Personas e Impacto Social de la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo (PGJH), Arturo Flores Molina, sostuvo que no se protege a Fátima Baños por la denuncia de discriminación.
Sostuvo que la determinación de no ejercer acción penal en contra de la titular del Instituto Hidalguense del Deporte, en la denuncia en su contra por discriminación a Ángel Daniel, menor nadador con Síndrome de Down, no representa protección oficial a la servidora.
Es facultad de las y los subprocuradores el determinar el no ejercicio de la acción penal, cuando adviertan o que no existen elementos para identificar quiénes son las personas que realizaron el hecho delictivo.
Están abiertos a continuar con la investigación por discriminación
De existir una impugnación por parte de los padres del infante, dijo que el juez puede ordenar al ministerio público continuar con la investigación o considerar que existen elementos suficientes para solicitar una audiencia.
Recomendación
En diciembre de 2020, la CNDH emitió una recomendación contra su homóloga estatal, pues acreditó que funcionarios del Inhide, entre ellos la hija del secretario de Turismo, Eduardo Baños Gómez, discriminaron al infante de siete años al no permitirle nadar en clases ordinarias en el entonces Centro Estatal de Alto Rendimiento (CEAR).
SCJN
Asimismo, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, también consideró, al resolver un amparo, que las autoridades cometieron esa conducta contra el infante.
Sostuvo que la corte establece que existió la falta de ajustes razonables por parte de los funcionarios para la práctica del menor en deporte ordinario.
En este momento no lo tenemos, no es que el ministerio público juzgue si se dio la conducta o no, simplemente que no tenemos las herramientas normativas para poder juzgarlo.
Comments