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Por decisión de un ministro, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó que no se ejecute ningún tipo de responsabilidad penal o administrativa en contra de los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) por sus decisiones sobre la consulta Revocación de Mandato.

También ratificó que el órgano electoral debe realizar dicha consulta de revocación de mandato con el presupuesto que disponible.

INE organizará la revocación de mandato con lo que tiene

Como parte de la controversia constitucional, presentada por el INE en contra del Presupuesto de Egresos 2022 debido al recorte de 4,930 millones de pesos, un ministro de la Suprema Corte acordó una modificación a la suspensión que había otorgado el pasado 10 de diciembre.

Lo anterior, para que el Instituto Nacional Electoral “lleve a cabo el procedimiento de revocación de mandato de la manera más eficiente, tanto como lo permita el presupuesto. “

Esta situación, de acuerdo con el INE, se traduce en la posibilidad de que pueda instalar un menor número de casillas que en el proceso electoral previo en la consulta del próximo 10 de abril, sin que ello tenga alguna repercusión para los consejeros.

La medida suspensión concedida surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente.

INE organizará la revocación de mandato con lo que tiene

Cabe aclarar que tiempo atrás la SHCP negó un aumento de presupuesto para el ejercicio, argumentando que lo asignado si era suficiente para realizarlo.

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