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El exdirector de Radio y Televisión de Hidalgo no renovó permisos para el uso del espectro radioeléctrico ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones

Un juez de control vinculó a proceso al ex director General del Sistema de Radio y Televisión de Hidalgo, C. D. G. B., por el delito de ejercicio indebido del servicio público.

En el 2021 no se renovaran los permisos de 11 estaciones de radio ante el IFT.

Este lunes el juez fijó cuatro meses para la investigación complementaria y le dictó al ex funcionario estatal la medida cautelar de prisión preventiva justificada por lo que se encuentra privado de su libertad en el Cereso de Pachuca.

El 28 de noviembre se dejó de transmitir diez estaciones del Sistema de Radio y Televisión de Hidalgo, debido a que el ex director en el gobierno de Omar Fayad Meneses no renovó en febrero de 2021 los permisos para el uso del espectro radioeléctrico ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Las estaciones de radio que dejaron de transmitir fueron las de Tula, San Bartolo Tutotepec, Actopan, Pachuca, Ixmiquilpan, Huejutla, Huichapan, Jacala y Tlanchinol. Tepeapulco dejará de transmitir en octubre de 2023.

El Código Penal para el Estado de Hidalgo establece que comete el delito de ejercicio indebido del servicio público, el servidor público que: ejerciere las funciones de un empleo, cargo o comisión para el que no hubiere sido nombrado o en el que hubiere cesado o no hubiere sido puesto en posesión; otorgue cualquier identificación en que se acredite como servidor público a cualquier persona que realmente no desempeñe el empleo, cargo o comisión a que haga referencia dicha identificación; o abandone su empleo, cargo o comisión sin casusa justificada y con ello afecte la prestación de un servicio público.

Al responsable de este delito se le impondrá de tres meses a dos años de prisión y multa de cinco a 30 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Si el ejercicio ilícito tiene lugar con ocasión de un acto que afecte el estado familiar o la disposición de última voluntad de una persona, la pena será de seis meses a tres años de prisión y multa de 10 a 60 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

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