0

En su Primera Sesión Ordinaria, en la denuncia por incumplimiento a  las obligaciones de transparencia se le impuso un multa del sujeto obligado Ayuntamiento de Yahualica.

Esta multa hacia el municipio de Yahualica es a consecuencia de no transparentar ciertos procesos.

Decreto

Se decretó fundada la denuncia presentada pues existía una deficiencia en la publicación en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia.

Resolución de Yahualica

El vencimiento del plazo para el cumplimiento de la resolución era el 14 de octubre del 2022, toda vez que no se tuvo evidencia de que se haya atendido la resolución emitida.

Por medio de acuerdo de fecha 31 de octubre del mismo año se emitió acuerdo de incumplimiento mediante el cual se ordenaba al superior jerárquico del Sujeto Obligado.

Esto para que girara instrucciones para que en un plazo no mayor a 5 días hábiles se diera cumplimiento a la resolución emitida el pasado 21 de septiembre.

Esto de acuerdo que fue notificado el 7 de noviembre, al cual tampoco se dio cumplimiento.

Obligaciones

Conforme a lo dispuesto por los artículos 24 y 25 fracciones X y XI, 41 fracción I de la citada Ley, es obligación del Titular de la Unidad de Transparencia dar cumplimiento a las resoluciones emitidas.

La multa a cumplir es de 150 UMAS (14 mil 433 pesos) y no puede ser solventada con recursos públicos.

Para que sigas Informado

Comments

Comments are closed.