La sala Superior, del TEPJF, descartó que el ahora gobernador electo Julio Ramón Menchaca Salazar y su candidatura común hayan cometido omisiones en publicidad de campaña.
La sala Superior, del TEPJF, descartó que el ahora gobernador electo Julio Ramón Menchaca Salazar y su candidatura común hayan cometido omisiones en publicidad de campaña.
Así fue dicho hoy en sesión ordinaria en la que fue recordado que el Partido Revolucionario Institucional formuló una impugnación para tratar de contravenir la sentencia del Consejo General del INE.
¿Cuál es al queja del PRI?
Dicho ente señalado había declarado infundada la queja contra Juntos Hacemos Historia en Hidalgo y su candidato ahora electo por posibles omisiones al notificar ingresos o gastos por publicidad pagada en redes sociales y espectaculares.
En ese sentido, el TEPJF desestimó los agravios del PRI al citar que la resolución está fundada y motivada, además de que hubo exhaustividad al investigar la página de Internet emisora de la propaganda y el origen de recursos para espectaculares y Facebook.
PRI falló
En otro asunto discutido igualmente referente a Menchaca Salazar y sus partidos Morena-NAH-PT, fue desechada la queja del PRI en materia de fiscalización.
El TEPJF confirmó la resolución impugnada al explicar que la actuación de la unidad técnica de fiscalización del INE fue conforme a derecho.
Por lo que fue alegado que no existían elementos mínimos indiciarios para que la autoridad ejerciera su facultad investigadora, por lo que la resolución del consejo general del INE está debidamente fundada y motivada.
Además de que fueron respetados los principios de legalidad y exhaustividad, ya que el Instituto Nacional Electoral valoró adecuadamente la queja inicial y procedió conforme a lo que establece el reglamento de procedimientos.
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