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El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) declaró inexistente la violencia política en razón de género denunciada por la regidora Griselda Bautista. A través de un procedimiento especial sancionador contra Ernestino Melo, alcalde de Lolotla, e integrantes del ayuntamiento.

La magistrada presidenta del TEEH, Rosa Amparo Martínez Lechuga, dio respuesta a los actos presentados por la regidora. Quien en diciembre pasado, consiguió una sentencia a su favor, tras ser removida de su cargo el 11  de noviembre por inasistencias.

En primera instancia, Griselda Bautista acusó haber sido destituida por razón de género. Sin embargo, la magistrada indicó que fue un acto administrativo, y no por razones de género. Además, descartó que la demandante haya sufrido trato diferenciado en las comisiones del cabildo.

“En las copias de actas de 34 sesiones que Lolotla realizó, se observó que la quejosa sí tuvo voz en los actos. Además de que realizó manifestaciones, anotaciones y hasta haber firmado dicha documentación. En el tema de haber sido denigrada por el alcalde, las pruebas aportadas y recabadas no fue acreditada la conducta, pese al principio de presunción. Además de que el señalado negó haberse conducido de tal manera”.

explicó Amparo Lechuga.

La magistrada resolvió que no fue posible acreditar las denuncias presentadas. Y pese a la existencia de las omisiones en la destitución de la regidora, “ya fueron resueltas en un juicio de proyección de derechos político-electorales”. Por el cual se ordenó al presidente municipal de Lolotla, Ernestino Melo que devolviera el cargo a la demandante, Griselda Bautista.

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