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El próximo 31 de enero vence el plazo para que asociaciones civiles interesadas en conformarse como partidos políticos locales manifiesten su intención ante el Instituto Estatal Electoral (IEEH).

Por lo que el consejero, Alfredo Alcalá Montaño, recordó que es posible acercarse al organismo para solicitar información ante cualquier duda de conformar uno de los nuevos partidos políticos.

Este mes de enero vamos a decir que es el inicio del proceso para formación de partidos políticos locales, ahorita se reciben las solicitudes de las organizaciones ciudadanas interesadas.

Interesados

Hasta el momento son dos asociaciones que acudieron al IEEH para remitir su documentación formalmente: “Organización de Ciudadanos Hidalguenses” y “Fortalecimiento Rural Campesino”.

En tanto que “Más Hidalgo para Todos A.C.” pretende lo propio en siguientes días.

El llamado a estas organizaciones es que se acerquen al instituto para darles esta información relacionada a los requisitos, además que conozcan que hay lineamientos nuevos para favorecer los procedimientos.

Lineamientos

De acuerdo con los lineamientos, el procedimiento de constitución como cúpula local iniciará con el aviso de intención por parte la organización interesada antes del 31 de enero del 2023.

El cual notificarán por escrito a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, junto con las firmas de los representantes legales.

Documentos

Entre la documentación a entregar:

  • Refiere la normativa
  • La denominación preliminar del partido político local, descripción del mismo y colores
  • Nombres completos de representantes
  • Correo electrónico
  • Cuentas para autenticarse ya sea en Google, Facebook y Twitter
  • Domicilios
  • Tipo de asambleas que realizarán
  • Distritales o municipales
  • Además de otros requisitos fiscales y legales

Otros requerimientos para partidos

Los partidos locales tendrán un número de afiliados no menor al .26 por ciento (%) del padrón, para registrar a los adeptos habilitarán una aplicación móvil.

Además que prevé un régimen de excepción cuando la organización ciudadana registre a personas que viven donde hay algún impedimento material o tecnológico para utilizar la herramienta digital.

Cabe recordar que, además de la recopilación de prosélitos, es necesaria la celebración de asambleas, ya sea en por lo menos dos terceras partes tanto de los distritos electorales locales como en los municipios.

Es decir 12 de las 18 jurisdicciones, o bien, al menos 56 de las 84 demarcaciones, asimismo, realizar un cónclave estatal.

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