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Juzgado en Cartagena recibió ayuda de Inteligencia Artificial

Atendiendo la Ley 2213 del 2022, el juzgado primero laboral de Cartagena resolvió una acción de tutela auxiliado por un robot en el proceso judicial iniciado por la familia de Salvador Espitia Chávezen contra de la EPS Salud Total.

Juzgado de Cartagena.

El juez extendió los argumentos de su decisión conforme el uso de ChatGPT, un sistema de inteligencia artificial, con el que el Estado pretende hacer de la virtualidad un pilar fundamental de la justicia colombiana.

La historia de la persona auxiliada

Al nacer, Salvador fue diagnosticado con Trastorno De Espectro Autista (TEA), por lo que necesita de terapias constantes para mejorar sus habilidades lingüísticas.

Sin embargo, su familia no cuenta con el dinero para asumir los costos de transporte, cuota moderadora y copago, de cada sesión.

Así que, comprometidos con la salud de su pequeño, decidieron interponer una acción de tutela en contra de la EPS, para que se respeten los derechos fundamentales a la vida y a la salud del niño.

Con lo cual tendrían que exonerarlos del pago de cuotas moderadoras y copagos, además, de suministrar un sistema de transporte o asumir sus gastos desde entre el lugar de las terapias y su vivienda.

La tutela fue concedida, aunque bajo una determinación: la decisión del juez, en ningún momento, fue reemplazada por la de la IA.

Su uso se limitó a optimizar el tiempo de redacción de la sentencia y, de esta manera, agilizar la resolución de la tutela misma, en un proceso en el que toda información suministrada por el aplicativo es corroborada por un experto en la materia.

Robot contesta preguntas y resuelve el caso

Una de las preguntas realizadas al sistema de inteligencia artificial fue la siguiente y también entregó una respuesta:

¿Menor autista esta exonerado de pagar cuotas moderadoras en sus terapias?

“Sí, es correcto. De acuerdo con la normativa en Colombia, los menores con diagnóstico de autismo están exonerados de pagar cuotas moderadoras en sus terapias. Este beneficuento está regulado por la Ley 1753 de 2015 y se aplica a todas las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas o privadas que reciban recursos del sistema general de seguridad social en salud”.

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