0

A través de una iniciativa, Morena busca tirar el criterio que en días pasados estableció el Tribunal Electoral.

A través de una iniciativa de ley, Morena busca tirar el criterio que en días pasados estableció el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Esto al vincular la difusión de propaganda gubernamental por parte de los funcionarios en tiempos de campaña con “El modo honesto de vivir”. 

 En el marco de la Comisión Permanente, la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega presentó una propuesta que modifica el artículo 7 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Celeste Ascencio

Esto a fin de invalidar lo que los magistrados aprobaron hace una semana al buscar que se garantice el respeto a los preceptos de la Constitución que prohíben esa modalidad de proselitismo. 

Para que sigas Informado

Los argumentos

 La legisladora argumentó en la iniciativa que, en el derecho a ser votado, la calificación sobre el modo honesto de vivir de una persona sólo la pueden hacer las autoridades judiciales ordinarias.}

Esta no puede versar sobre hechos u omisiones en aspectos políticos o electorales.

Salvo en el caso de violencia política contra las mujeres, de lo que excepcionalmente conocerá y resolverá el Tribunal Electoral. 

¿Cómo fue la votación?

 El 8 de junio, con cuatro votos a favor de los 7 integrantes del pleno, el TEPJF avaló el proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña.

Felipe Mata

Con él, se determinaba que la difusión de propaganda gubernamental en tiempos de veda es una conducta que tendría impacto en el modo honesto de vivir que deben acreditar los aspirantes a una candidatura. 

 De manera que un funcionario que no cumpliera con ese criterio estaría en riesgo de ser registrado para contender en una elección. 

Opinión de MORENA ante el tribunal

 Frente a esa resolución, Morena busca concretar una reforma que tiraría el nuevo criterio del Tribunal y para la cual cuenta con los votos suficientes, ya que sólo requiere de la mayoría simple del pleno.

 La diputada Ascencio Ortega sostiene que:

El TEPJF dictó un precedente muy pernicioso que puede inhabilitar a las personas para acceder a un cargo de elección popular.

 Alega la diputada que dicho término se refiere a aspectos de la vida común de las personas.

“Se trata de una apreciación general que no se circunscribe a los aspectos políticos o electorales”. 

Comments

Comments are closed.