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Se ha aprobado la ley de hasta con 20 años de inhabilitación y la devolución del daño patrimonial causado, a los funcionarios de los estados que no reporten las cuotas del ISSSTE que deben a sus trabajadores.

Con la reforma, la Ley General de Responsabilidades Administrativas ahora considera como falta grave, o en términos llanos, un acto de corrupción, la omisión de enterar las cuotas, aportaciones, cuotas sociales o descuentos ante dicho instituto.

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Con 86 votos en favor y tres abstenciones, el pleno del Senado avaló la minuta enviada por la Cámara de Diputados para incluir en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

“Es falta administrativa grave la omisión de enterar las cuotas, aportaciones, cuotas sociales o descuentos ante el Instituto de Seguridad y Servicios de los Trabajadores del Estado, en los términos que señalan los artículos 21 y 22 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado”.

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Incluye también un cambio a la ley del ISSSTE para establecer que “la omisión de enterar ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado las cuotas, aportaciones, cuotas sociales o descuentos que se realicen al salario de los trabajadores constituye una falta administrativa grave, la cual será sancionada en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”, dice el Decreto que fue enviado al Ejecutivo federal.

Esta Ley General precisa que las faltas administrativas graves, que implican en términos llanos actos de corrupción, serán atentidos por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y el servidor público será sancionado con inhabilitación y la obligación de regresar el dinero.

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