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El pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión hizo la declaratoria de constitucionalidad de la Ley 3 de 3.

Lista la 3 de 3 contra la violencia

La ley suspende los derechos para ocupar un cargo de elección popular, empleo o comisión del servicio público a deudores alimentarios y/o violentadores de mujeres.

Las legislaturas locales de:

  • Baja California
  • Baja California Sur
  • Campeche
  • Coahuila
  • Colima
  • Chiapas
  • Chihuahua
  • Durango
  • Guanajuato
  • Guerrero
  • CDMX
  • Morelos
  • Nayarit
  • Puebla
  • Quintana Roo
  • Sinaloa
  • Tabasco
  • Tamaulipas
  • Tlaxcala
  • Veracruz
  • Yucatán
  • Zacatecas
  • EDOMEX

Dieron su voto aprobatorio para darle aval a esta reforma que modifica los artículos 38 y 102 de la Constitución Política.

Reforma

Esta reforma propone que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspendan por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales y el normal desarrollo sicosexual.

También establece que la persona que cometa estos ilícitos no podrá ser registrada para ningún cargo de elección popular ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.

Refiere también que para que una persona pueda ser titular de la Fiscalía General de la República se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento, en ejercicio de sus derechos y tener cuando menos 35 años cumplidos al día de la designación.

El decreto fue enviado al Diario Oficial de la Federación para su publicación.

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