La Comisión de Quejas y Denuncias del INE había determinado que la candidata hizo uso indebido del logotipo del INE
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que la candidata presidencial del PAN, PRI y PRD, Xóchitl Gálvez, no vulneró las contienda electoral al hacer uso del logo del INE en una publicación en la red social de X, en la que propuso la realización de una campaña sobre programas sociales.
Por mayoría, la y los magistrados de esta Sala Regional Especializada del TEPJF determinaron que la aspirante presidencial de la coalición “Fuerza y Corazón por México”, no realizó esta publicación con la finalidad de promover su plataforma electoral, sino de informar sobre la solicitud de realizar una campaña sobre uso de programas sociales con fines electorales, planteada al Consejo General del INE.
También se determinó que el contenido no generó confusión entre la ciudadanía, porque no se trató de información falsa, sino de temas anclados en el debate público y, por tanto, amparados en la libertad de expresión.
¿De dónde viene la posible sanción del INE por Xóchitl Gálvez?
Cabe señalar que esta queja deriva de una señalamiento que el Partido del Trabajo (PT) le hizo a la candidata presidencial por el presunto uso indebido del logotipo institucional del INE.
Esto derivado de una conferencia realizada el 27 de marzo y que fue difundida en su canal de YouTube, en la que mostró diferentes leyendas en las que se utiliza el logotipo del INE.
Por estos hechos, el pasado 24 de abril, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE le ordenó a la candidata presidencial Xóchitl Gálvez retirar de sus redes sociales esta conferencia de prensa.
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