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Colectivos feministas y madres celebraron la medida con la que se busca asegurar que deudores alimentarios morosos no puedan acceder a puesto de poder.

Colectivos feministas y madres celebraron la medida con la que se busca asegurar que deudores alimentarios morosos no puedan acceder a puesto de poder.

No caben en gobierno

Dos acciones de inconstitucionalidad en favor de las personas deudoras de pensión alimentaria promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos fueron desechadas por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la tarde del pasado 04 de octubre.

Esto luego de que desde la comisión se demandara la invalidez de dos artículos de distintas dependencias de gobierno del estado de Hidalgo.

El artículo plantea que para acceder al cargo de Comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo se requiere:

No ser deudora o deudor alimentario moroso, salvo que acredite estar al corriente del pago, cancele esa deuda, o bien, tramite el descuento correspondiente.

Validan petición de deudores

La Corte analizó lo planteado por la Comisión, y finalmente, los ministros votaron por la validez del artículo y desecharon lo señalado por la CNDH.

La misma resolución se tomó para el artículo 20, fracción V, de la Ley Orgánica de la Administración Pública de Hidalgo, en donde se establece que:

Se debe cumplir con el requisito consistente en no ser deudora o deudor alimentario moroso, salvo que acredite estar al corriente del pago.

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