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El juez Francisco Rebolledo advirtió que el Congreso de la Unión (cámaras de diputados y senadores) está en vía de incurrir en desacato.

 Emplazó a las cámaras de diputados y senadores a que, en 10 días hábiles, cumplan una sentencia que las obliga a corregir omisiones en la Ley General.

Dan plazo para que diputados y senadores acaten sentencia sobre su gasto de difusión

“Se advierte que las Cámaras de Diputados y Senadores han sido omisas en dar cumplimiento al requerimiento, no obstante estar debidamente notificadas”.

La decisión del juez Rebolledo se tomó al dar seguimiento al amparo resuelto en noviembre por la Primera Sala de la Corte.

En el que falló a favor de la organización no gubernamental Artículo 19, que impugnó diversos artículos de la conocida como la ley chayote.

Las y los ministros de la Primera Sala estimaron que esa ley otorga al gobierno federal una “enorme discrecionalidad” para ejercer su gasto en difusión y por ello atenta contra la libertad de expresión.

Fundamentando esto al considerar que no conteniente criterios claros y objetivos sobre ejercicio de gasto público en materia de comunicación social.

Dijeron que la Constitución refiere que deben existir procedimientos concretos y reglas específicas encaminadas a garantizar que el gasto en comunicación social cumpla con los criterios de:

  • Eficiencia
  • Eficacia
  • Economía}
  • Transparencia
  • Honradez
Dan plazo para que diputados y senadores acaten sentencia sobre su gasto de difusión

Además de respetar los topes presupuestales, límites y condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos de egresos respectivos.

El emplazamiento que hizo ayer el juez Rebolledo es el segundo que emite en el mismo sentido.

Se advirtió que de no acatar el mismo, sin causa justificada, se podrían imponer las sanciones correspondientes a los presidentes de las mesas directivas de ambas cámaras.

“Se hace del conocimiento de la totalidad de las autoridades requeridas en este proveído, que aun cuando dejen su encargo, seguirán siendo responsables del desacato al fallo constitucional”.

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