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Mediante una iniciativa ciudadana se pretende evitar que los agresores de mujeres ejerzan en cargos públicos con una reforma a 12 artículos de la Constitución.

Iniciativa para que agresores de mujeres no ejerzan cargos públicos

Se trata de la iniciativa de las feministas Yndira Sandoval Sánchez y Patricia Olamendi Torres para evitar que los agresores de mujeres ejerzan cargos públicos.

Busca garantizar que personas con antecedentes de violencia familiar, sexual o en cualquier de sus modalidades no tendrán cargos públicos.

 El documento circula entre colectivas de mujeres, legisladoras y activistas con el propósito de presentarlo en la Cámara de Diputados en septiembre. 

“El mensaje que se transmite con la presente iniciativa es claro: impedir que quienes tengan antecedentes como agresores por violencia familiar, violencia sexual, violencia en contra de las mujeres en cualquiera de sus modalidades, o por incumplimiento de obligaciones alimentarias, ingresen al servicio público y/o permanezcan en él, al no tener las cualidades que se requieren para representar los intereses de las y los ciudadanos”, se detalla. 

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La propuesta recoge la iniciativa que desde 2019 ambas feministas promueven desde la colectiva Las Constituyentes Mx.

Explican que la violencia es un acto para someter, dominar, controlar, humillar y agredir de manera física, verbal, psicológica, económica, patrimonial, sexual, moral y social.

Se modificarían los artículos 3, 26, 28, 55, 79, 82, 91, 95, 102, 116, 122 y 123 de la Constitución.

Esto con la intención de que no sean funcionarios en los tres poderes del Estado ni en niveles de gobierno. 

Se incluye a organismos autónomos como el INE y el TEPJF, así como los de magistrados y consejeros de diversas instancias regulados por la Constitución. 

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Plantea tres puntos

 Con diversos ajustes, las modificaciones sugeridas plantean tres puntos:

1.- No haber sido denunciado o demandado, bajo investigación, juicio o condenado mediante resolución o sentencia de una autoridad competente.

Lo anterior por delitos sexuales, con la libertad sexual o violatorios de la intimidad corporal, en los tres años antes de su designación”. 

2.- No contar con registro como deudor alimentario moroso en ninguna entidad federativa o como persona agresora por el delito de incumplimiento de deberes de asistencia familiar.

Especialmente alimentarias, salvo que acredite estar al corriente del pago o cancele en su totalidad la deuda. 

3.- No haber sido denunciado o demandado o estar bajo investigación, juicio o condenado mediante resolución o sentencia de una autoridad competente.

Esto por hechos relacionados con violencia política contra las mujeres en razón de género durante los tres años anteriores a su designación”. 

Sustentan que las personas agresoras no están en las condiciones de emprender acciones para prevenir, combatir y sancionar la violencia que daña a nuestra sociedad.

Recuerdan que más de la mitad de las mexicanas reporta haber vivido algún incidente de violencia en uno o varios ámbitos.

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