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El PAN en el Senado entregó a la mesa directiva de la Comisión Permanente una iniciativa para tipificar el linchamiento como delito y se apliquen sanciones de hasta 60 años en prisión.

Esto último aplicando las penas contenidas en los artículos 298 y 320 del Código Penal Federal (CPF).

Buscan tipificar el linchamiento como delito

Josefina Vázquez Mota, senadora del blanquiazul, hizo llegar su propuesta a la Permanente, con el objetivo de que se presente en la sesión de este miércoles.

En su planteamiento destaca que la apuesta debe ser por la aplicación de la ley y el fortalecimiento del estado de derecho.

Por esta razón se estima necesario incorporar al CPF un tipo penal específico para los linchamientos.

Y que las lesiones y homicidio provocadas en forma tumultuaria, se consideren delitos calificados, por existir evidente ventaja y alevosía.

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Sanciones por linchamiento

A los responsables se les aumentará la sanción hasta el doble de la que corresponda por la lesión simple causada.

Mientras que en el caso de los homicidios la condena puede ir de los 30 a 60 años de cárcel.

También plantea establecer una pena de cuatro a ocho años de prisión y de 200 a 600 días multa, a quienes convoquen, organicen o inciten al linchamiento.

El mismo caso a quienes sometan a la víctima, obstaculicen la intervención de las autoridades o participen de manera directa en el linchamiento.

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Su iniciativa propone la adición de un “capítulo II bis al título 19, Lesiones y homicidio por linchamiento”. Así como de la añadidura del artículo 309 bis del Código Penal Federal, para estipular que:

“Cometen el delito de linchamiento: I. quienes en forma tumultuaria infieran lesiones o priven de la vida a una o más personas, se les aplicarán las penas que corresponden a lesiones y homicidio calificado en términos de los artículos 298, que señala. Al responsable de una lesión calificada se le aumentará la sanción hasta el doble de la que corresponda por la lesión simple causada. Y el artículo 320 del CPF, establece: al responsable de un homicidio calificado se le impondrán de 30 a 60 años de prisión”, señala.

La iniciativa se presentó tras el linchamiento del asesor de la bancada del PAN en San Lázaro, Daniel Picazo Hernández, el 10 de junio pasado, en Huauchinango, Puebla.

Art. 17 prohíbe la justicia por propia mano

“Nuestra Carta Magna se encuentran consagrados, y velados principios fundamentales para evitar la aplicación de la justicia por propia mano y por ende evitar los casos de linchamientos al fijar las funciones de los tribunales y el Poder Judicial”, señaló Vázquez Mota.

El artículo 17 de la Constitución, establece: “Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho”.

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