AMLO registró actos considerados como propaganda gubernamental y promoción personalizada; TEPJF
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó que durante la presentación del informe de los tres años de gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador celebrada en el Zócalo capitalino el pasado 1 de diciembre si se registraron actos considerados como propaganda gubernamental y promoción personalizada; Esto debido a que ya estaban en curso las elecciones locales en seis entidades.
Con ello, se ratificó parcialmente la resolución de la Sala Especializada que consideró que, en tanto que se difundió el mensaje presidencial cuando se habían iniciado las elecciones locales en Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas, por lo que no podría difundirse este mensaje.
De igual forma, al resolver un recurso del propio López Obrador la Sala Superior confirmó que durante la conferencia de prensa del pasado 3 de marzo; Donde se incurrió en propaganda gubernamental prohibida durante la conferencia prensa al aludir a la revocación de mandato.
¿Cuál es el castigo a implementar?
En este caso, se objetaba el presunto incumplimiento de disposiciones derivadas de las medidas cautelares.
Al abordar el tema de fondo, se determinó anular algunas consecuencias como dar vista al órgano interno de control interno de la Presidencia de la República; Así como las medidas para garantizar la no repetición.
Los hechos
En el análisis de este asunto, en el Pleno no se tomó en cuenta el decreto que interpreta el alcance del concepto de propaganda gubernamental, contenido en; La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGPE) y en la Ley Federal de Revocación de Mandato; Esto aprobado la víspera por el Senado de la República.
Además, se recordó que no se pueden realizar modificaciones a la legislación electoral 90 días previos al inicio de un proceso electoral.
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