El Senado destrabó la discusión para legalizar el uso recreativo de la mariguana, al acordar que se fijará que a partir de 28 kilos de cannabis se considerará un delito.
En relación a la posesión de cannabis psicoactivo sólo será sancionada cuando la cantidad de la que se trate sea igual o superior a la que resulte de multiplicar por mil el monto establecido en la tabla prevista en el artículo 479 de la Ley General de Salud.

En el documento, se excluye en esta regulación al cáñamo y establece derechos para los no consumidores de mariguana.
El principal derecho como no consumidor es el poder presentar una denuncia si el humo de los consumidores altera su derecho a un espacio libre de humo.
Con el objeto de preservar la salud de personas fumadoras pasivas o expuestas al humo de segunda mano, se concede acción para formular denuncia ciudadana.
En todos los espacios 100% libres de humo y en las zonas exclusivamente para fumar, se colocarán en un lugar visible letreros que indiquen claramente su naturaleza, debiéndose incluir un número telefónico para la denuncia por incumplimiento a esta ley, su reglamento y demás disposiciones aplicables”, dice el proyecto de dictamen.
Además de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis Psicoactivo, los senadores consensuaron reformas a la Ley General de Salud.
En ellas se establece que una persona puede portar hasta 28 gramos de mariguana para consumo personal.

Sin embargo, si la portación supera los 28 kilos será considerado un delito de tráfico de drogas.
Aunque en las versiones previas a este proyecto de dictamen, se incluyó al cáñamo como parte de este paquete de regulación de cannabis.
En esta ocasión el acuerdo es que no se incluya, lo que ayer mismo provocó molestia, como lo expresó la petista Cora Cecilia Pinedo, quien anunció que solicitará que se reincorpore.











Comments