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El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo confirmó los acuerdos emitidos por el IEEH, cuando determinó que el PRD no era susceptible de recibir financiamiento.

El PRD, así como el Partido del Trabajo (PT) y el Verde Ecologista de México (PVEM) obtuvieron menos del 3 por ciento de la votación válida emitida en el pasado proceso electoral.

¿Qué dice la Ley?

La Ley General de Partidos Políticos contempla, en el artículo 52, que para que un instituto político nacional tenga recursos públicos locales deberá haber obtenido el 3 por ciento de la votación válida emitida en el proceso electoral local anterior.

Apelación

La magistrada presidenta Rosa Amparo Martínez Lechuga, al resolver el recurso de apelación, refirió que el partido reclamó que no se le haya considerado en la distribución de prerrogativas.

Pues a su decir, el órgano electoral local:

Pasó por alto que los partidos tienen, por mandato expreso del Código Electoral, el derecho adquirido a gozar de las prerrogativas por el solo hecho de contar con registro y no debió aplicar el artículo 52.

Sin embargo, la jueza aclaró que el hecho de que un partido político nacional mantenga su registro, no lo posibilita para que pueda acceder automáticamente a la prerrogativa en el ámbito local.

Pues esta se encuentra condicionada a obtener el 3 por ciento de la votación válida emitida, y “es claro que el PRD no cumplió con tal requisito”.

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